Así lo concluyó el alto tribunal al declarar inexequibles y condicionar una serie de disposiciones de derecho civil, por considerar que este tipo de uniones maritales de hecho entre o con personas menores de 18 años resultan contrarios a la Constitución.
Frente a esta determinación, EL NUEVO SIGLO consultó con las autoras del proyecto, las representantes a la Cámara Jennifer Pedraza y Alexandra Vásquez quienes explicaron cuáles pueden ser las incidencias de esta importante determinación del Alto Tribunal en el proyecto que prohíbe el matrimonio infantil. Inicialmente, Alexandra Vásquez dijo que “no influye nuestro proyecto de ley aprobado el año pasado por el Congreso de la República. La declaratoria de inexequibilidad de la Corte y la derogatoria son fenómenos diferentes, pero terminan siendo complementarios en cuanto a que eliminan del sistema jurídico el matrimonio infantil en Colombia”.
Posteriormente, la congresista sostuvo que “más allá de eso, la decisión de la Corte Constitucional solo declara la inexequibilidad de los artículos 117 y 124, pero el proyecto va más allá al regular las uniones maritales de hecho también y proteger los derechos patrimoniales. Igualmente, tiene un fuerte carácter preventivo al crear un programa nacional de prevención de esta práctica nociva y atención para la niñez”.
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